Se ha prorrogado un año más el periodo para llevar a cabo las inversiones y obras de mejora energética en viviendas y edificios de viviendas que dan derecho a disfrutar de la correspondiente deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de viviendas, las obras e inversiones ahora podrán realizarse hasta el 31 de diciembre de 2024; en lo que concierne a edificios de viviendas, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.
Se ha prorrogado un año más el periodo para llevar a cabo las inversiones y obras de mejora energética en viviendas y edificios de viviendas que dan derecho a disfrutar de la correspondiente deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de viviendas, las obras e inversiones ahora podrán realizarse hasta el 31 de diciembre de 2024; en lo que concierne a edificios de viviendas, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.
Se ha prorrogado un año más el periodo para llevar a cabo las inversiones y obras de mejora energética en viviendas y edificios de viviendas que dan derecho a disfrutar de la correspondiente deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de viviendas, las obras e inversiones ahora podrán realizarse hasta el 31 de diciembre de 2024; en lo que concierne a edificios de viviendas, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.