La Agencia Tributaria de Catalunya ha emitido un comunicado mediante el cual informa que a partir del 2 de octubre de 2018 están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para efectuar cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera la colegiación obligatoria (para aquellos trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad) y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
A partir de esa fecha estos colectivos recibirán las notificaciones por medios electrónicos. A tal efecto, la Agencia Tributaria de Catalunya habilitará un formulario de contacto a través del que se podrá facilitar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil a los que se enviará aviso de notificación electrónica.
La Agencia Tributaria de Catalunya ha emitido un comunicado mediante el cual informa que a partir del 2 de octubre de 2018 están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para efectuar cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera la colegiación obligatoria (para aquellos trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad) y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
A partir de esa fecha estos colectivos recibirán las notificaciones por medios electrónicos. A tal efecto, la Agencia Tributaria de Catalunya habilitará un formulario de contacto a través del que se podrá facilitar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil a los que se enviará aviso de notificación electrónica.
La Agencia Tributaria de Catalunya ha emitido un comunicado mediante el cual informa que a partir del 2 de octubre de 2018 están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para efectuar cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera la colegiación obligatoria (para aquellos trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en ejercicio de dicha actividad) y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
A partir de esa fecha estos colectivos recibirán las notificaciones por medios electrónicos. A tal efecto, la Agencia Tributaria de Catalunya habilitará un formulario de contacto a través del que se podrá facilitar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil a los que se enviará aviso de notificación electrónica.