Introduce la obligación de que los Estados miembros se aseguren de que la información sobre la titularidad real de las sociedades se conserve en un Registro Central, que puede ser, por ejemplo, un Registro Mercantil, un registro de sociedades o un registro público. La ministra de Justicia tiene que implementar el Registro Central con presteza, puesto que la Directiva debe entrar en vigor antes del 20 enero de 2020 y para 2019 está previsto un informe de Bruselas con las instrucciones técnicas para la interconexión de los registros de los Veintiocho.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Introduce la obligación de que los Estados miembros se aseguren de que la información sobre la titularidad real de las sociedades se conserve en un Registro Central, que puede ser, por ejemplo, un Registro Mercantil, un registro de sociedades o un registro público. La ministra de Justicia tiene que implementar el Registro Central con presteza, puesto que la Directiva debe entrar en vigor antes del 20 enero de 2020 y para 2019 está previsto un informe de Bruselas con las instrucciones técnicas para la interconexión de los registros de los Veintiocho.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Introduce la obligación de que los Estados miembros se aseguren de que la información sobre la titularidad real de las sociedades se conserve en un Registro Central, que puede ser, por ejemplo, un Registro Mercantil, un registro de sociedades o un registro público. La ministra de Justicia tiene que implementar el Registro Central con presteza, puesto que la Directiva debe entrar en vigor antes del 20 enero de 2020 y para 2019 está previsto un informe de Bruselas con las instrucciones técnicas para la interconexión de los registros de los Veintiocho.
FUENTE: SINTESIS DIARIA