La Agencia Tributaria recoge ahora en un informe -con fecha 5 de mayo- que “los gastos abonados por las compañías farmacéuticas para la asistencia a los congresos y conferencias que organiza y a los que asiste el personal sanitario… constituyen para sus destinatarios retribuciones en especie, ya que los abona la compañía que organiza los eventos”. Hacienda indica además que la única duda al respecto es si estos gastos deben considerarse como rendimientos del trabajo o como rendimientos de actividades profesionales. Por este motivo, los médicos habían pedido ya a los laboratorios que éstos transfieran todos los pagos por formación a las sociedades médicas -y no de manera individual- y fueran éstas las que posteriormente gestionaran este dinero con los médicos. “Este enfoque permitiría que este tipo de formación pueda justificadamente no estar sujeta a carga fiscal”, aseguran desde la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas, entidad que agrupa a 42 sociedades médicas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
La Agencia Tributaria recoge ahora en un informe -con fecha 5 de mayo- que “los gastos abonados por las compañías farmacéuticas para la asistencia a los congresos y conferencias que organiza y a los que asiste el personal sanitario… constituyen para sus destinatarios retribuciones en especie, ya que los abona la compañía que organiza los eventos”. Hacienda indica además que la única duda al respecto es si estos gastos deben considerarse como rendimientos del trabajo o como rendimientos de actividades profesionales. Por este motivo, los médicos habían pedido ya a los laboratorios que éstos transfieran todos los pagos por formación a las sociedades médicas -y no de manera individual- y fueran éstas las que posteriormente gestionaran este dinero con los médicos. “Este enfoque permitiría que este tipo de formación pueda justificadamente no estar sujeta a carga fiscal”, aseguran desde la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas, entidad que agrupa a 42 sociedades médicas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
La Agencia Tributaria recoge ahora en un informe -con fecha 5 de mayo- que “los gastos abonados por las compañías farmacéuticas para la asistencia a los congresos y conferencias que organiza y a los que asiste el personal sanitario… constituyen para sus destinatarios retribuciones en especie, ya que los abona la compañía que organiza los eventos”. Hacienda indica además que la única duda al respecto es si estos gastos deben considerarse como rendimientos del trabajo o como rendimientos de actividades profesionales. Por este motivo, los médicos habían pedido ya a los laboratorios que éstos transfieran todos los pagos por formación a las sociedades médicas -y no de manera individual- y fueran éstas las que posteriormente gestionaran este dinero con los médicos. “Este enfoque permitiría que este tipo de formación pueda justificadamente no estar sujeta a carga fiscal”, aseguran desde la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas, entidad que agrupa a 42 sociedades médicas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA