Estas cartas se centran en las consecuencias tributarias de la cesión del uso de vehículos a los trabajadores para su uso particular, es decir, la imputación de la correspondiente retribución en especie en el IRPF, la deducibilidad parcial del IVA y la no deducción del gasto en el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de cartas informativas, no requerimientos, por lo que, si fuera el caso, se podría regularizar la situación tributaria de la empresa sin la imposición de sanciones.
Estas cartas se centran en las consecuencias tributarias de la cesión del uso de vehículos a los trabajadores para su uso particular, es decir, la imputación de la correspondiente retribución en especie en el IRPF, la deducibilidad parcial del IVA y la no deducción del gasto en el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de cartas informativas, no requerimientos, por lo que, si fuera el caso, se podría regularizar la situación tributaria de la empresa sin la imposición de sanciones.
Estas cartas se centran en las consecuencias tributarias de la cesión del uso de vehículos a los trabajadores para su uso particular, es decir, la imputación de la correspondiente retribución en especie en el IRPF, la deducibilidad parcial del IVA y la no deducción del gasto en el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de cartas informativas, no requerimientos, por lo que, si fuera el caso, se podría regularizar la situación tributaria de la empresa sin la imposición de sanciones.