La nueva norma, aplicable a cualquier organización, fija los requisitos para establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales.
El pasado 1 de marzo de 2019 se publicó la norma UNE 19602 de Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso.
En primer lugar hay que señalar que ésta va destinada a las empresas y no supone una norma tributaria de obligado cumplimiento: fija una serie de requisitos y recomendaciones al objeto de establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales, cuyo seguimiento y observancia evidencie la voluntad clara de conseguir el cumplimiento de obligaciones fiscales ajustada a las normas. Es decir, señala pautas para implantar un sistema de cumplimiento tendente a minimizar los riesgos tributarios y, en caso de producirse, indica los mecanismos de detección, corrección y futura prevención.
OCDE, Unión Europea y España
La UNE 19602 representa un paso más en España en el proceso iniciado en los últimos años desde una perspectiva internacional en el ámbito de la OCDE y de la Unión Europea y, a nivel interno, con la reforma del Código Penal, que estableció en 2015 la responsabilidad penal de las personas jurídicas y que decreta, asimismo, la posibilidad de exención penal cuando se hayan implantado en la organización y gestión social medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos. Por su parte, la Ley de Sociedades de Capital establece medidas para las sociedades cotizadas, mientras que la Agencia Tributaria aprobó en el contexto del Foro de Grandes Empresas de 2010 el Código de Buenas Prácticas Tributarias, una iniciativa a la que pueden adherirse las empresas a través de un procedimiento reglado.
Aplicable a cualquier organización -con independencia del tipo, tamaño, naturaleza, sector privado o público, con o sin ánimo de lucro-, la norma es un esquema de directrices para adoptar las políticas de compliance tributario y la gestión y control de los riesgos tributarios, sistemas de prevención, detección, gestión y mitigación de tales riesgos, tanto en la forma como en el fondo. Es previsible que la dinámica económica y social futura lleve a que las empresas adopten el modelo de compliance tributario.
La nueva norma, aplicable a cualquier organización, fija los requisitos para establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales.
El pasado 1 de marzo de 2019 se publicó la norma UNE 19602 de Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso.
En primer lugar hay que señalar que ésta va destinada a las empresas y no supone una norma tributaria de obligado cumplimiento: fija una serie de requisitos y recomendaciones al objeto de establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales, cuyo seguimiento y observancia evidencie la voluntad clara de conseguir el cumplimiento de obligaciones fiscales ajustada a las normas. Es decir, señala pautas para implantar un sistema de cumplimiento tendente a minimizar los riesgos tributarios y, en caso de producirse, indica los mecanismos de detección, corrección y futura prevención.
OCDE, Unión Europea y España
La UNE 19602 representa un paso más en España en el proceso iniciado en los últimos años desde una perspectiva internacional en el ámbito de la OCDE y de la Unión Europea y, a nivel interno, con la reforma del Código Penal, que estableció en 2015 la responsabilidad penal de las personas jurídicas y que decreta, asimismo, la posibilidad de exención penal cuando se hayan implantado en la organización y gestión social medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos. Por su parte, la Ley de Sociedades de Capital establece medidas para las sociedades cotizadas, mientras que la Agencia Tributaria aprobó en el contexto del Foro de Grandes Empresas de 2010 el Código de Buenas Prácticas Tributarias, una iniciativa a la que pueden adherirse las empresas a través de un procedimiento reglado.
Aplicable a cualquier organización -con independencia del tipo, tamaño, naturaleza, sector privado o público, con o sin ánimo de lucro-, la norma es un esquema de directrices para adoptar las políticas de compliance tributario y la gestión y control de los riesgos tributarios, sistemas de prevención, detección, gestión y mitigación de tales riesgos, tanto en la forma como en el fondo. Es previsible que la dinámica económica y social futura lleve a que las empresas adopten el modelo de compliance tributario.
La nueva norma, aplicable a cualquier organización, fija los requisitos para establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales.
El pasado 1 de marzo de 2019 se publicó la norma UNE 19602 de Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso.
En primer lugar hay que señalar que ésta va destinada a las empresas y no supone una norma tributaria de obligado cumplimiento: fija una serie de requisitos y recomendaciones al objeto de establecer un sistema de gestión de riesgos fiscales, cuyo seguimiento y observancia evidencie la voluntad clara de conseguir el cumplimiento de obligaciones fiscales ajustada a las normas. Es decir, señala pautas para implantar un sistema de cumplimiento tendente a minimizar los riesgos tributarios y, en caso de producirse, indica los mecanismos de detección, corrección y futura prevención.
OCDE, Unión Europea y España
La UNE 19602 representa un paso más en España en el proceso iniciado en los últimos años desde una perspectiva internacional en el ámbito de la OCDE y de la Unión Europea y, a nivel interno, con la reforma del Código Penal, que estableció en 2015 la responsabilidad penal de las personas jurídicas y que decreta, asimismo, la posibilidad de exención penal cuando se hayan implantado en la organización y gestión social medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos. Por su parte, la Ley de Sociedades de Capital establece medidas para las sociedades cotizadas, mientras que la Agencia Tributaria aprobó en el contexto del Foro de Grandes Empresas de 2010 el Código de Buenas Prácticas Tributarias, una iniciativa a la que pueden adherirse las empresas a través de un procedimiento reglado.
Aplicable a cualquier organización -con independencia del tipo, tamaño, naturaleza, sector privado o público, con o sin ánimo de lucro-, la norma es un esquema de directrices para adoptar las políticas de compliance tributario y la gestión y control de los riesgos tributarios, sistemas de prevención, detección, gestión y mitigación de tales riesgos, tanto en la forma como en el fondo. Es previsible que la dinámica económica y social futura lleve a que las empresas adopten el modelo de compliance tributario.