Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se modificó el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto la denominación de “permiso por lactancia” por “permiso por cuidado del lactante”.
Otra novedad es la nueva prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. El permiso por cuidado del lactante es un derecho individual que pueden ejercer cualquiera de los dos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. Asimismo, el permiso se podrá ampliar hasta que el lactante tenga 12 meses. ¿Y quién abona este permiso? Hasta los 9 meses del lactante será a cargo de la empresa; a partir de los 9 y hasta los 12 meses correrá a cargo del trabajador/a, con la reducción proporcional del salario. En el supuesto que ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan el derecho de ampliación hasta los 12 meses, podrán solicitar, uno de los dos, la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. En este caso, la Seguridad social abona, a uno de los dos progenitores, una prestación correspondiente al 100% de la Base Reguladora, en proporción a la reducción de la media hora que se tiene derecho, desde los 9 meses hasta los 12 meses de cumplimiento del lactante.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se modificó el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto la denominación de “permiso por lactancia” por “permiso por cuidado del lactante”.
Otra novedad es la nueva prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. El permiso por cuidado del lactante es un derecho individual que pueden ejercer cualquiera de los dos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. Asimismo, el permiso se podrá ampliar hasta que el lactante tenga 12 meses. ¿Y quién abona este permiso? Hasta los 9 meses del lactante será a cargo de la empresa; a partir de los 9 y hasta los 12 meses correrá a cargo del trabajador/a, con la reducción proporcional del salario. En el supuesto que ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan el derecho de ampliación hasta los 12 meses, podrán solicitar, uno de los dos, la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. En este caso, la Seguridad social abona, a uno de los dos progenitores, una prestación correspondiente al 100% de la Base Reguladora, en proporción a la reducción de la media hora que se tiene derecho, desde los 9 meses hasta los 12 meses de cumplimiento del lactante.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se modificó el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto la denominación de “permiso por lactancia” por “permiso por cuidado del lactante”.
Otra novedad es la nueva prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. El permiso por cuidado del lactante es un derecho individual que pueden ejercer cualquiera de los dos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. Asimismo, el permiso se podrá ampliar hasta que el lactante tenga 12 meses. ¿Y quién abona este permiso? Hasta los 9 meses del lactante será a cargo de la empresa; a partir de los 9 y hasta los 12 meses correrá a cargo del trabajador/a, con la reducción proporcional del salario. En el supuesto que ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan el derecho de ampliación hasta los 12 meses, podrán solicitar, uno de los dos, la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante. En este caso, la Seguridad social abona, a uno de los dos progenitores, una prestación correspondiente al 100% de la Base Reguladora, en proporción a la reducción de la media hora que se tiene derecho, desde los 9 meses hasta los 12 meses de cumplimiento del lactante.