Llegan 11.000 millones de euros en respuesta a la pandemia y en beneficio del tejido empresarial, aunque con una evaluación de cumplimiento de determinados criterios y concesión por orden de solicitud.
El pasado mes de marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, por un importe total de 11.000 millones de euros. Las ayudas se canalizarán a través de tres fondos: 7.000 millones de euros para ayudas directas; 3.000 millones de euros se destinarán a la reestructuración financiera; y 1.000 millones de euros irán a la recapitalización de empresas.
El primer fondo de ayudas directas de 7.000 millones de euros irá destinado a las empresas cuya actividad económica está incluida en uno de los CNAE indicados en el anexo del Real Decreto, y podría suponer una ayuda de hasta 200.000 euros a fondo perdido. No obstante, cada comunidad autónoma podrá ampliar las actividades con derecho a las ayudas. Para acceder a los fondos de 3.000 millones de euros para restructuración financiera y los 1.000 millones de euros de recapitalización de empresas no es preciso estar incluido en dicho listado de actividades.
Preevaluación de cumplimiento
Al objeto de evaluar si la empresa tiene derecho a poder acceder a estas ayudas deberá realizarse una preevaluación de cumplimiento de los criterios de elegibilidad, la validación de cumplimiento de todos los requisitos exigidos, preparar la documentación precisa, solicitar formalmente la ayuda y hacer un seguimiento de su concesión.
Estos fondos son de importe limitado y se concederán por orden de entrada de solicitud.
Llegan 11.000 millones de euros en respuesta a la pandemia y en beneficio del tejido empresarial, aunque con una evaluación de cumplimiento de determinados criterios y concesión por orden de solicitud.
El pasado mes de marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, por un importe total de 11.000 millones de euros. Las ayudas se canalizarán a través de tres fondos: 7.000 millones de euros para ayudas directas; 3.000 millones de euros se destinarán a la reestructuración financiera; y 1.000 millones de euros irán a la recapitalización de empresas.
El primer fondo de ayudas directas de 7.000 millones de euros irá destinado a las empresas cuya actividad económica está incluida en uno de los CNAE indicados en el anexo del Real Decreto, y podría suponer una ayuda de hasta 200.000 euros a fondo perdido. No obstante, cada comunidad autónoma podrá ampliar las actividades con derecho a las ayudas. Para acceder a los fondos de 3.000 millones de euros para restructuración financiera y los 1.000 millones de euros de recapitalización de empresas no es preciso estar incluido en dicho listado de actividades.
Preevaluación de cumplimiento
Al objeto de evaluar si la empresa tiene derecho a poder acceder a estas ayudas deberá realizarse una preevaluación de cumplimiento de los criterios de elegibilidad, la validación de cumplimiento de todos los requisitos exigidos, preparar la documentación precisa, solicitar formalmente la ayuda y hacer un seguimiento de su concesión.
Estos fondos son de importe limitado y se concederán por orden de entrada de solicitud.
Llegan 11.000 millones de euros en respuesta a la pandemia y en beneficio del tejido empresarial, aunque con una evaluación de cumplimiento de determinados criterios y concesión por orden de solicitud.
El pasado mes de marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, por un importe total de 11.000 millones de euros. Las ayudas se canalizarán a través de tres fondos: 7.000 millones de euros para ayudas directas; 3.000 millones de euros se destinarán a la reestructuración financiera; y 1.000 millones de euros irán a la recapitalización de empresas.
El primer fondo de ayudas directas de 7.000 millones de euros irá destinado a las empresas cuya actividad económica está incluida en uno de los CNAE indicados en el anexo del Real Decreto, y podría suponer una ayuda de hasta 200.000 euros a fondo perdido. No obstante, cada comunidad autónoma podrá ampliar las actividades con derecho a las ayudas. Para acceder a los fondos de 3.000 millones de euros para restructuración financiera y los 1.000 millones de euros de recapitalización de empresas no es preciso estar incluido en dicho listado de actividades.
Preevaluación de cumplimiento
Al objeto de evaluar si la empresa tiene derecho a poder acceder a estas ayudas deberá realizarse una preevaluación de cumplimiento de los criterios de elegibilidad, la validación de cumplimiento de todos los requisitos exigidos, preparar la documentación precisa, solicitar formalmente la ayuda y hacer un seguimiento de su concesión.
Estos fondos son de importe limitado y se concederán por orden de entrada de solicitud.