El pasado 6 de diciembre se publicó en el BOE la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que adapta nuestro ordenamiento jurídico al ya conocido Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y deroga la anterior ley en dicha materia.
Entre las novedades más destacables encontramos que facilita el ejercicio de los derechos, reconociendo específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos, limitando el ejercicio de estos derechos si el fallecido así lo hubiera dispuesto. Se fija en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma.
Respecto al derecho al olvido en redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes, se exceptúa la supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el ejercicio de actividades personales o domésticas.
En el ámbito educativo, se refuerzan las obligaciones del sistema educativo para garantizar la formación del alumnado en el uso seguro y correcto de internet. Ello conlleva la exigencia de que el profesorado reciba una formación adecuada en esta materia.
La LOPGDD incluye los sistemas de denuncias internas anónimas, a través de los cuales puede ponerse en conocimiento de la empresa la comisión de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa.
Se actualizan las garantías del derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo y se refuerzan las mismas ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que se deberá informar a los empleados.
La nueva legislación también se refiere a los ficheros de morosos -se reduce de seis a cinco años el periodo máximo de inclusión de las deudas-, en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas de información crediticia.
El pasado 6 de diciembre se publicó en el BOE la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que adapta nuestro ordenamiento jurídico al ya conocido Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y deroga la anterior ley en dicha materia.
Entre las novedades más destacables encontramos que facilita el ejercicio de los derechos, reconociendo específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos, limitando el ejercicio de estos derechos si el fallecido así lo hubiera dispuesto. Se fija en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma.
Respecto al derecho al olvido en redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes, se exceptúa la supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el ejercicio de actividades personales o domésticas.
En el ámbito educativo, se refuerzan las obligaciones del sistema educativo para garantizar la formación del alumnado en el uso seguro y correcto de internet. Ello conlleva la exigencia de que el profesorado reciba una formación adecuada en esta materia.
La LOPGDD incluye los sistemas de denuncias internas anónimas, a través de los cuales puede ponerse en conocimiento de la empresa la comisión de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa.
Se actualizan las garantías del derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo y se refuerzan las mismas ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que se deberá informar a los empleados.
La nueva legislación también se refiere a los ficheros de morosos -se reduce de seis a cinco años el periodo máximo de inclusión de las deudas-, en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas de información crediticia.
El pasado 6 de diciembre se publicó en el BOE la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que adapta nuestro ordenamiento jurídico al ya conocido Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y deroga la anterior ley en dicha materia.
Entre las novedades más destacables encontramos que facilita el ejercicio de los derechos, reconociendo específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos, limitando el ejercicio de estos derechos si el fallecido así lo hubiera dispuesto. Se fija en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma.
Respecto al derecho al olvido en redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes, se exceptúa la supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el ejercicio de actividades personales o domésticas.
En el ámbito educativo, se refuerzan las obligaciones del sistema educativo para garantizar la formación del alumnado en el uso seguro y correcto de internet. Ello conlleva la exigencia de que el profesorado reciba una formación adecuada en esta materia.
La LOPGDD incluye los sistemas de denuncias internas anónimas, a través de los cuales puede ponerse en conocimiento de la empresa la comisión de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa.
Se actualizan las garantías del derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo y se refuerzan las mismas ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que se deberá informar a los empleados.
La nueva legislación también se refiere a los ficheros de morosos -se reduce de seis a cinco años el periodo máximo de inclusión de las deudas-, en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas de información crediticia.