El Consejo de Ministros ha autorizado en el mes de octubre la firma de un nuevo convenio entre España y Japón para eliminar la doble imposición en los impuestos sobre la renta y evitar la elusión y evasión fiscal. El nuevo convenio modifica enteramente el existente (en vigor desde 1974) revisando la imposición sobre los beneficios de las empresas; ampliando los límites de la reducción de la tributación de los ingresos por inversiones; introduciendo medidas preventivas de violaciones del nuevo convenio; actuaciones arbitrales en procedimientos de acuerdo mutuo y asistencia en recaudaciones de obligaciones tributarias, y fortalecimiento del intercambio de información sobre asuntos tributarios.
Después de finalizar los procedimientos internos necesarios (en el caso de Japón, será necesaria la aprobación del Parlamento), cada uno de los dos países enviará al otro a través de canales diplomáticos una notificación con la confirmación de la finalización de dichos procedimientos.
El nuevo convenio entrará en vigor el primer día del tercer mes siguiente al de la recepción de la última notificación.
El Consejo de Ministros ha autorizado en el mes de octubre la firma de un nuevo convenio entre España y Japón para eliminar la doble imposición en los impuestos sobre la renta y evitar la elusión y evasión fiscal. El nuevo convenio modifica enteramente el existente (en vigor desde 1974) revisando la imposición sobre los beneficios de las empresas; ampliando los límites de la reducción de la tributación de los ingresos por inversiones; introduciendo medidas preventivas de violaciones del nuevo convenio; actuaciones arbitrales en procedimientos de acuerdo mutuo y asistencia en recaudaciones de obligaciones tributarias, y fortalecimiento del intercambio de información sobre asuntos tributarios.
Después de finalizar los procedimientos internos necesarios (en el caso de Japón, será necesaria la aprobación del Parlamento), cada uno de los dos países enviará al otro a través de canales diplomáticos una notificación con la confirmación de la finalización de dichos procedimientos.
El nuevo convenio entrará en vigor el primer día del tercer mes siguiente al de la recepción de la última notificación.
El Consejo de Ministros ha autorizado en el mes de octubre la firma de un nuevo convenio entre España y Japón para eliminar la doble imposición en los impuestos sobre la renta y evitar la elusión y evasión fiscal. El nuevo convenio modifica enteramente el existente (en vigor desde 1974) revisando la imposición sobre los beneficios de las empresas; ampliando los límites de la reducción de la tributación de los ingresos por inversiones; introduciendo medidas preventivas de violaciones del nuevo convenio; actuaciones arbitrales en procedimientos de acuerdo mutuo y asistencia en recaudaciones de obligaciones tributarias, y fortalecimiento del intercambio de información sobre asuntos tributarios.
Después de finalizar los procedimientos internos necesarios (en el caso de Japón, será necesaria la aprobación del Parlamento), cada uno de los dos países enviará al otro a través de canales diplomáticos una notificación con la confirmación de la finalización de dichos procedimientos.
El nuevo convenio entrará en vigor el primer día del tercer mes siguiente al de la recepción de la última notificación.