La Administración Tributaria iniciará una campaña informativa dirigida a las personas jurídicas que presentan inconsistencias significativas entre las ventas declaradas en el Impuesto sobre Sociedades y las entradas y salidas de las cuentas bancarias. En consecuencia, aquellas personas jurídicas con diferencias significativas entre sus movimientos bancarios y su cifra de ingresos declarada en el Impuesto sobre Sociedades, pueden recibir una carta de la Administración Tributaria manifestando esta divergencia.
No estaremos ante un requerimiento, por lo que no debe contestarse, excepto en el caso que se considere oportuno justificar esa diferencia o, en su caso, regularizar la situación mediante la correspondiente autoliquidación complementaria.
Por otra parte, la Administración Tributaria advierte que las sociedades destinatarias de las cartas serán objeto de un especial seguimiento por parte de los servicios de inspección y, en caso de que las inconsistencias comunicadas persistan, podría dar lugar al inicio de un procedimiento de comprobación.
La Administración Tributaria iniciará una campaña informativa dirigida a las personas jurídicas que presentan inconsistencias significativas entre las ventas declaradas en el Impuesto sobre Sociedades y las entradas y salidas de las cuentas bancarias. En consecuencia, aquellas personas jurídicas con diferencias significativas entre sus movimientos bancarios y su cifra de ingresos declarada en el Impuesto sobre Sociedades, pueden recibir una carta de la Administración Tributaria manifestando esta divergencia.
No estaremos ante un requerimiento, por lo que no debe contestarse, excepto en el caso que se considere oportuno justificar esa diferencia o, en su caso, regularizar la situación mediante la correspondiente autoliquidación complementaria.
Por otra parte, la Administración Tributaria advierte que las sociedades destinatarias de las cartas serán objeto de un especial seguimiento por parte de los servicios de inspección y, en caso de que las inconsistencias comunicadas persistan, podría dar lugar al inicio de un procedimiento de comprobación.
La Administración Tributaria iniciará una campaña informativa dirigida a las personas jurídicas que presentan inconsistencias significativas entre las ventas declaradas en el Impuesto sobre Sociedades y las entradas y salidas de las cuentas bancarias. En consecuencia, aquellas personas jurídicas con diferencias significativas entre sus movimientos bancarios y su cifra de ingresos declarada en el Impuesto sobre Sociedades, pueden recibir una carta de la Administración Tributaria manifestando esta divergencia.
No estaremos ante un requerimiento, por lo que no debe contestarse, excepto en el caso que se considere oportuno justificar esa diferencia o, en su caso, regularizar la situación mediante la correspondiente autoliquidación complementaria.
Por otra parte, la Administración Tributaria advierte que las sociedades destinatarias de las cartas serán objeto de un especial seguimiento por parte de los servicios de inspección y, en caso de que las inconsistencias comunicadas persistan, podría dar lugar al inicio de un procedimiento de comprobación.