Debido a la situación de crisis sanitaria actual a causa de la propagación del Covid-19, el pasado 14 de marzo el Ejecutivo español activó en todo el territorio nacional el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020.
De las medidas que figuran en el texto, la disposición adicional tercera declara que “se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público”.
Esta situación provoca que las actuaciones ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) hayan quedado congeladas. Aquellos plazos que estuvieran vigentes antes del estado de alarma se interrumpen y, una vez finalice el mismo, se reanudará el cómputo. En cambio, los plazos que se inicien durante el estado de alarma no surtirán efecto hasta que el estado de alarma finalice, momento en el que se iniciará el cómputo.
No obstante, en la referida disposición adicional se faculta a las entidades del sector público a continuar algunos procedimientos. La OEPM ha sido uno de los organismos que ha emitido una resolución precisando que siguen operativos los trámites a través de medios electrónicos, continuando con la admisión de todo tipo de solicitudes con el fin de evitar paralizar por completo la actividad.
Por su parte, la European Union Intellectual Property Office (EUIPO) también ha emitido una decisión en la que indica que todos los plazos se amplían hasta el 1 de mayo. Al tratarse de una jornada festiva, en la práctica la prórroga será hasta el 4 de mayo. Y del mismo modo que la OEPM, la EUIPO ha manifestado que seguirá recibiendo solicitudes.
Debido a la situación de crisis sanitaria actual a causa de la propagación del Covid-19, el pasado 14 de marzo el Ejecutivo español activó en todo el territorio nacional el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020.
De las medidas que figuran en el texto, la disposición adicional tercera declara que “se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público”.
Esta situación provoca que las actuaciones ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) hayan quedado congeladas. Aquellos plazos que estuvieran vigentes antes del estado de alarma se interrumpen y, una vez finalice el mismo, se reanudará el cómputo. En cambio, los plazos que se inicien durante el estado de alarma no surtirán efecto hasta que el estado de alarma finalice, momento en el que se iniciará el cómputo.
No obstante, en la referida disposición adicional se faculta a las entidades del sector público a continuar algunos procedimientos. La OEPM ha sido uno de los organismos que ha emitido una resolución precisando que siguen operativos los trámites a través de medios electrónicos, continuando con la admisión de todo tipo de solicitudes con el fin de evitar paralizar por completo la actividad.
Por su parte, la European Union Intellectual Property Office (EUIPO) también ha emitido una decisión en la que indica que todos los plazos se amplían hasta el 1 de mayo. Al tratarse de una jornada festiva, en la práctica la prórroga será hasta el 4 de mayo. Y del mismo modo que la OEPM, la EUIPO ha manifestado que seguirá recibiendo solicitudes.
Debido a la situación de crisis sanitaria actual a causa de la propagación del Covid-19, el pasado 14 de marzo el Ejecutivo español activó en todo el territorio nacional el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020.
De las medidas que figuran en el texto, la disposición adicional tercera declara que “se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público”.
Esta situación provoca que las actuaciones ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) hayan quedado congeladas. Aquellos plazos que estuvieran vigentes antes del estado de alarma se interrumpen y, una vez finalice el mismo, se reanudará el cómputo. En cambio, los plazos que se inicien durante el estado de alarma no surtirán efecto hasta que el estado de alarma finalice, momento en el que se iniciará el cómputo.
No obstante, en la referida disposición adicional se faculta a las entidades del sector público a continuar algunos procedimientos. La OEPM ha sido uno de los organismos que ha emitido una resolución precisando que siguen operativos los trámites a través de medios electrónicos, continuando con la admisión de todo tipo de solicitudes con el fin de evitar paralizar por completo la actividad.
Por su parte, la European Union Intellectual Property Office (EUIPO) también ha emitido una decisión en la que indica que todos los plazos se amplían hasta el 1 de mayo. Al tratarse de una jornada festiva, en la práctica la prórroga será hasta el 4 de mayo. Y del mismo modo que la OEPM, la EUIPO ha manifestado que seguirá recibiendo solicitudes.