Una de las novedades para el ejercicio 2018, aprobada el pasado diciembre, es la regulación de la nueva obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, que se establece con fines de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades que intermedien en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
Recientemente se publicó en la página web de la Agencia Tributaria el Proyecto de la Orden por la que se aprueba el Modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, a través del cual, las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, deberán suministrar trimestralmente la información solicitada. Su presentación será trimestral y deberá realizarse en el plazo comprendido entre el primer día y el último del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiere la declaración. No obstante, las declaraciones correspondientes a los dos primeros trimestres del ejercicio 2018 podrán presentarse desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2018.
Una de las novedades para el ejercicio 2018, aprobada el pasado diciembre, es la regulación de la nueva obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, que se establece con fines de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades que intermedien en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
Recientemente se publicó en la página web de la Agencia Tributaria el Proyecto de la Orden por la que se aprueba el Modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, a través del cual, las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, deberán suministrar trimestralmente la información solicitada. Su presentación será trimestral y deberá realizarse en el plazo comprendido entre el primer día y el último del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiere la declaración. No obstante, las declaraciones correspondientes a los dos primeros trimestres del ejercicio 2018 podrán presentarse desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2018.
Una de las novedades para el ejercicio 2018, aprobada el pasado diciembre, es la regulación de la nueva obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, que se establece con fines de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades que intermedien en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
Recientemente se publicó en la página web de la Agencia Tributaria el Proyecto de la Orden por la que se aprueba el Modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, a través del cual, las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, deberán suministrar trimestralmente la información solicitada. Su presentación será trimestral y deberá realizarse en el plazo comprendido entre el primer día y el último del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiere la declaración. No obstante, las declaraciones correspondientes a los dos primeros trimestres del ejercicio 2018 podrán presentarse desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2018.