Un Brexit -con acuerdo o sin él- traerá consecuencias, también en materia de marcas registradas.
Habida cuenta de que el 15 de enero de 2019 el Parlamento de Reino Unido rechazó el Acuerdo de Retiro de la Unión Europea (UE), es importarte girar la mirada a las marcas registradas en la UE, valorar las posibles consecuencias y determinar las mejores estrategias a seguir con el fin de mantener el derecho de marca en Reino Unido.
Sin acuerdo para el Brexit
¿Qué ocurre si no hay trato? La Oficina de Marcas de Reino Unido ha indicado que actuará para proteger los derechos de los titulares de marca, incluso si no hay acuerdo. Ha adelantado que el 29 de marzo de 2019 todas las marcas y diseños comunitarios registrados en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como marca y diseño de la UE respectivamente, recibirán un registro de marca o diseño equivalente o “comparable” en el Reino Unido. Hasta ahora poco se ha explicado sobre cómo será este proceso, pero ha avanzado que el procedimiento será optativo, no tendrá tasas oficiales y sí requerirá renovación individual.
¿Y qué pasa si hay trato? Las disposiciones anteriores también se aplicarán si se implementan los términos relevantes actuales del acuerdo de retiro. La principal diferencia es que tal acuerdo prevé un periodo de transición que finalizará el 31 de diciembre de 2020, como pronto.
Respecto a las solicitudes en proceso, es probable que la Oficina de Reino Unido requiera una nueva solicitud, no obstante, en este caso ha avanzado que, durante un periodo de nueve meses a partir de la fecha de salida, reconocerá todas las fechas de presentación y reclamaciones de prioridad anterior.
Es importante tener en cuenta que la UE y Reino Unido están aún en negociaciones, por lo que cualquier planteamiento puede cambiar en los próximos días. A medida que esté disponible nueva información, les mantendremos informados.
Un Brexit -con acuerdo o sin él- traerá consecuencias, también en materia de marcas registradas.
Habida cuenta de que el 15 de enero de 2019 el Parlamento de Reino Unido rechazó el Acuerdo de Retiro de la Unión Europea (UE), es importarte girar la mirada a las marcas registradas en la UE, valorar las posibles consecuencias y determinar las mejores estrategias a seguir con el fin de mantener el derecho de marca en Reino Unido.
Sin acuerdo para el Brexit
¿Qué ocurre si no hay trato? La Oficina de Marcas de Reino Unido ha indicado que actuará para proteger los derechos de los titulares de marca, incluso si no hay acuerdo. Ha adelantado que el 29 de marzo de 2019 todas las marcas y diseños comunitarios registrados en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como marca y diseño de la UE respectivamente, recibirán un registro de marca o diseño equivalente o “comparable” en el Reino Unido. Hasta ahora poco se ha explicado sobre cómo será este proceso, pero ha avanzado que el procedimiento será optativo, no tendrá tasas oficiales y sí requerirá renovación individual.
¿Y qué pasa si hay trato? Las disposiciones anteriores también se aplicarán si se implementan los términos relevantes actuales del acuerdo de retiro. La principal diferencia es que tal acuerdo prevé un periodo de transición que finalizará el 31 de diciembre de 2020, como pronto.
Respecto a las solicitudes en proceso, es probable que la Oficina de Reino Unido requiera una nueva solicitud, no obstante, en este caso ha avanzado que, durante un periodo de nueve meses a partir de la fecha de salida, reconocerá todas las fechas de presentación y reclamaciones de prioridad anterior.
Es importante tener en cuenta que la UE y Reino Unido están aún en negociaciones, por lo que cualquier planteamiento puede cambiar en los próximos días. A medida que esté disponible nueva información, les mantendremos informados.
Un Brexit -con acuerdo o sin él- traerá consecuencias, también en materia de marcas registradas.
Habida cuenta de que el 15 de enero de 2019 el Parlamento de Reino Unido rechazó el Acuerdo de Retiro de la Unión Europea (UE), es importarte girar la mirada a las marcas registradas en la UE, valorar las posibles consecuencias y determinar las mejores estrategias a seguir con el fin de mantener el derecho de marca en Reino Unido.
Sin acuerdo para el Brexit
¿Qué ocurre si no hay trato? La Oficina de Marcas de Reino Unido ha indicado que actuará para proteger los derechos de los titulares de marca, incluso si no hay acuerdo. Ha adelantado que el 29 de marzo de 2019 todas las marcas y diseños comunitarios registrados en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como marca y diseño de la UE respectivamente, recibirán un registro de marca o diseño equivalente o “comparable” en el Reino Unido. Hasta ahora poco se ha explicado sobre cómo será este proceso, pero ha avanzado que el procedimiento será optativo, no tendrá tasas oficiales y sí requerirá renovación individual.
¿Y qué pasa si hay trato? Las disposiciones anteriores también se aplicarán si se implementan los términos relevantes actuales del acuerdo de retiro. La principal diferencia es que tal acuerdo prevé un periodo de transición que finalizará el 31 de diciembre de 2020, como pronto.
Respecto a las solicitudes en proceso, es probable que la Oficina de Reino Unido requiera una nueva solicitud, no obstante, en este caso ha avanzado que, durante un periodo de nueve meses a partir de la fecha de salida, reconocerá todas las fechas de presentación y reclamaciones de prioridad anterior.
Es importante tener en cuenta que la UE y Reino Unido están aún en negociaciones, por lo que cualquier planteamiento puede cambiar en los próximos días. A medida que esté disponible nueva información, les mantendremos informados.