España deberá endurecer el llamado exit tax, es decir, el impuesto de salida que exige cuando una sociedad traslada su residencia fiscal. La directiva antielusión fiscal promovida por la Unión Europa contempla medidas que en su mayoría ya recoge hoy la legislación española. Sin embargo, también exigirá cambios importantes. La directiva europea señala que el exit tax también se aplicará cuando lo que cambie de país sean los activos. Es decir, una empresa residente en España que traslade activos a una filial ubicada en otro país deberá abonar un gravamen. Tributará por la plusvalía latente –es como si hubiera vendido el activo–, aunque la legislación europea señala que se permitirá el diferimiento del pago.
España deberá endurecer el llamado exit tax, es decir, el impuesto de salida que exige cuando una sociedad traslada su residencia fiscal. La directiva antielusión fiscal promovida por la Unión Europa contempla medidas que en su mayoría ya recoge hoy la legislación española. Sin embargo, también exigirá cambios importantes. La directiva europea señala que el exit tax también se aplicará cuando lo que cambie de país sean los activos. Es decir, una empresa residente en España que traslade activos a una filial ubicada en otro país deberá abonar un gravamen. Tributará por la plusvalía latente –es como si hubiera vendido el activo–, aunque la legislación europea señala que se permitirá el diferimiento del pago.
España deberá endurecer el llamado exit tax, es decir, el impuesto de salida que exige cuando una sociedad traslada su residencia fiscal. La directiva antielusión fiscal promovida por la Unión Europa contempla medidas que en su mayoría ya recoge hoy la legislación española. Sin embargo, también exigirá cambios importantes. La directiva europea señala que el exit tax también se aplicará cuando lo que cambie de país sean los activos. Es decir, una empresa residente en España que traslade activos a una filial ubicada en otro país deberá abonar un gravamen. Tributará por la plusvalía latente –es como si hubiera vendido el activo–, aunque la legislación europea señala que se permitirá el diferimiento del pago.