El 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La citada norma obliga, entre otras entidades y organizaciones, a las empresas con 50 o más trabajadores a disponer e implementar un sistema de gestión interna de comunicaciones confidencial, seguro e independiente dentro de la compañía para que los empleados, autónomos, y demás personas indicadas en dicha norma puedan denunciar infracciones administrativas, penales y/o del Derecho de la Unión Europea que descubran en la empresa.
Las compañías con 249 trabajadores o menos deberán habilitarlo entre el 13 de marzo y el 1 de diciembre de 2023. El resto de las empresas, administraciones y organismos obligados dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor de la ley para la implantación efectiva del sistema de gestión interna de comunicaciones.
Los sujetos obligados que no dispongan del canal de denuncias interno o que no lo adapten y ajusten, para dar cumplimiento a los nuevos requisitos previstos en la ley, se arriesgan a ser sancionados con graves multas que pueden alcanzar, para las personas jurídicas, el millón de euros.
El 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La citada norma obliga, entre otras entidades y organizaciones, a las empresas con 50 o más trabajadores a disponer e implementar un sistema de gestión interna de comunicaciones confidencial, seguro e independiente dentro de la compañía para que los empleados, autónomos, y demás personas indicadas en dicha norma puedan denunciar infracciones administrativas, penales y/o del Derecho de la Unión Europea que descubran en la empresa.
Las compañías con 249 trabajadores o menos deberán habilitarlo entre el 13 de marzo y el 1 de diciembre de 2023. El resto de las empresas, administraciones y organismos obligados dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor de la ley para la implantación efectiva del sistema de gestión interna de comunicaciones.
Los sujetos obligados que no dispongan del canal de denuncias interno o que no lo adapten y ajusten, para dar cumplimiento a los nuevos requisitos previstos en la ley, se arriesgan a ser sancionados con graves multas que pueden alcanzar, para las personas jurídicas, el millón de euros.
El 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La citada norma obliga, entre otras entidades y organizaciones, a las empresas con 50 o más trabajadores a disponer e implementar un sistema de gestión interna de comunicaciones confidencial, seguro e independiente dentro de la compañía para que los empleados, autónomos, y demás personas indicadas en dicha norma puedan denunciar infracciones administrativas, penales y/o del Derecho de la Unión Europea que descubran en la empresa.
Las compañías con 249 trabajadores o menos deberán habilitarlo entre el 13 de marzo y el 1 de diciembre de 2023. El resto de las empresas, administraciones y organismos obligados dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor de la ley para la implantación efectiva del sistema de gestión interna de comunicaciones.
Los sujetos obligados que no dispongan del canal de denuncias interno o que no lo adapten y ajusten, para dar cumplimiento a los nuevos requisitos previstos en la ley, se arriesgan a ser sancionados con graves multas que pueden alcanzar, para las personas jurídicas, el millón de euros.