La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.
Los certificados actuales a nombre de las sociedades se podrán seguir utilizando hasta su caducidad o revocación pero no podrán renovarse después del 1 de marzo de 2016.La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.
La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.
Los certificados actuales a nombre de las sociedades se podrán seguir utilizando hasta su caducidad o revocación pero no podrán renovarse después del 1 de marzo de 2016.La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.
La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.
Los certificados actuales a nombre de las sociedades se podrán seguir utilizando hasta su caducidad o revocación pero no podrán renovarse después del 1 de marzo de 2016.La Fábrica nacional de Moneda y Timbre en aplicación del reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo, ha comunicado que a partir del 1 de marzo de 2016 los certificados electrónicos irán a nombre del representante de la sociedad, por lo que se dejará de emitir los actuales certificados electrónicos a nombre de las sociedades. A efectos de poder tramitar los nuevos certificados electrónicos los administradores o representantes de las sociedades deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico propio.