El Tribunal Constitucional ha suspendido de forma cautelar la ley catalana del Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, aprobada el pasado mes de abril por el Parlamento catalán, por considerar que dicha ley es incompatible con el Impuesto sobre Patrimonio, ya que ambos impuestos gravan un mismo hecho imponible, y excede con ello, los límites establecidos en la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas. El objetivo de dicho impuesto era gravar los activos no productivos de las personas jurídicas, a saber: bienes inmuebles, vehículos de motor de potencia igual o superior a 200 caballos, embarcaciones de ocio, aeronaves, objetos de arte, antigüedades y joyas.
El Tribunal Constitucional ha suspendido de forma cautelar la ley catalana del Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, aprobada el pasado mes de abril por el Parlamento catalán, por considerar que dicha ley es incompatible con el Impuesto sobre Patrimonio, ya que ambos impuestos gravan un mismo hecho imponible, y excede con ello, los límites establecidos en la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas. El objetivo de dicho impuesto era gravar los activos no productivos de las personas jurídicas, a saber: bienes inmuebles, vehículos de motor de potencia igual o superior a 200 caballos, embarcaciones de ocio, aeronaves, objetos de arte, antigüedades y joyas.
El Tribunal Constitucional ha suspendido de forma cautelar la ley catalana del Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, aprobada el pasado mes de abril por el Parlamento catalán, por considerar que dicha ley es incompatible con el Impuesto sobre Patrimonio, ya que ambos impuestos gravan un mismo hecho imponible, y excede con ello, los límites establecidos en la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas. El objetivo de dicho impuesto era gravar los activos no productivos de las personas jurídicas, a saber: bienes inmuebles, vehículos de motor de potencia igual o superior a 200 caballos, embarcaciones de ocio, aeronaves, objetos de arte, antigüedades y joyas.