{"id":13833,"date":"2022-02-23T11:38:59","date_gmt":"2022-02-23T11:38:59","guid":{"rendered":"http:\/\/bellavistalegal.eu\/cierre-del-ejercicio-2021-con-la-nueva-normativa-contable\/"},"modified":"2022-02-23T11:38:59","modified_gmt":"2022-02-23T11:38:59","slug":"cierre-del-ejercicio-2021-con-la-nueva-normativa-contable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/en\/cierre-del-ejercicio-2021-con-la-nueva-normativa-contable\/","title":{"rendered":"Cierre del ejercicio 2021 con la nueva normativa contable"},"content":{"rendered":"<p>Con la publicaci\u00f3n en enero de 2021 del Real Decreto 1\/2021 se modificaron el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Peque\u00f1as y Medianas Empresas, siendo de aplicaci\u00f3n esta norma para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021.<\/p>\n<p>Las modificaciones realizadas actualizaron los dos planes a los nuevos criterios contables adoptados por la Uni\u00f3n Europea, teniendo un alcance limitado y afectando principalmente a la definici\u00f3n de valor razonable, a las normas de registro y valoraci\u00f3n de los instrumentos financieros y al reconocimiento de los ingresos.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s destacable para las empresas que apliquen el Plan General de Contabilidad es:<\/p>\n<ul>\n<li>Reducci\u00f3n de las categor\u00edas de activos financieros, pasando de las seis anteriores a las cuatro actuales: activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias, a coste amortizado, a valor razonable con cambios en el patrimonio neto y a coste.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n de tres a dos categor\u00edas de los pasivos financieros: pasivos a coste amortizado y pasivos a valor razonable con cambios en la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias.<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n de la norma de valoraci\u00f3n de los ingresos por ventas y prestaciones de servicios, introduciendo el principio b\u00e1sico de reconocimiento de los ingresos cuando se produce la transferencia del control de los bienes o servicios comprometidos con el cliente y por el importe que se espera recibir, siguiendo un proceso secuencial de etapas. Tambi\u00e9n en el caso de contraprestaciones variables la empresa tomar\u00e1 en cuenta la mejor estimaci\u00f3n de \u00e9stas hasta que se resuelvan las incertidumbres asociadas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En cuanto a las empresas que apliquen el Plan General Contable PYME\u2019s, las modificaciones hacen referencia a la regulaci\u00f3n del valor razonable, al criterio para la contabilizaci\u00f3n del resultado en el socio, con un nuevo p\u00e1rrafo sobre intereses y dividendos recibidos, y a la elaboraci\u00f3n de las cuentas anuales.<\/p>\n<p>Se incluyen tambi\u00e9n en el Real Decreto unas disposiciones transitorias con los requisitos de informaci\u00f3n para la correcta elaboraci\u00f3n de las cuentas anuales que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, as\u00ed como tambi\u00e9n para aclarar los criterios de contabilizaci\u00f3n de la primera aplicaci\u00f3n de las modificaciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con la publicaci\u00f3n en enero de 2021 del Real Decreto 1\/2021 se modificaron el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Peque\u00f1as y Medianas Empresas, siendo de aplicaci\u00f3n esta norma para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021. Las modificaciones realizadas actualizaron los dos planes a los nuevos criterios contables adoptados por la Uni\u00f3n Europea, teniendo un alcance limitado y afectando principalmente a la definici\u00f3n de valor razonable, a las normas de registro y valoraci\u00f3n de los instrumentos financieros y al reconocimiento de los ingresos. 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