Los tribunales ratifican de nuevo el cómputo de los días de permiso retribuido como hábiles y no naturales. La Audiencia Nacional declara nulos, por contravenir la normativa comunitaria, los apartados del convenio colectivo (en este caso de Contact Centers) que computan en días naturales los permisos retribuidos.
El Estatuto de los Trabajadores no determina la naturaleza de los días de permiso legalmente establecidos, pero el artículo 37.3b) de éste es la transposición de la Directiva comunitaria 2019/1188/CE, que establece como parámetro cualitativo que los días han de ser laborables. Como excepción, puede tenerse por lícita la configuración de los permisos en días naturales cuando se establece una mejora con respecto al Estatuto de los Trabajadores.
Los tribunales ratifican de nuevo el cómputo de los días de permiso retribuido como hábiles y no naturales. La Audiencia Nacional declara nulos, por contravenir la normativa comunitaria, los apartados del convenio colectivo (en este caso de Contact Centers) que computan en días naturales los permisos retribuidos.
El Estatuto de los Trabajadores no determina la naturaleza de los días de permiso legalmente establecidos, pero el artículo 37.3b) de éste es la transposición de la Directiva comunitaria 2019/1188/CE, que establece como parámetro cualitativo que los días han de ser laborables. Como excepción, puede tenerse por lícita la configuración de los permisos en días naturales cuando se establece una mejora con respecto al Estatuto de los Trabajadores.
Los tribunales ratifican de nuevo el cómputo de los días de permiso retribuido como hábiles y no naturales. La Audiencia Nacional declara nulos, por contravenir la normativa comunitaria, los apartados del convenio colectivo (en este caso de Contact Centers) que computan en días naturales los permisos retribuidos.
El Estatuto de los Trabajadores no determina la naturaleza de los días de permiso legalmente establecidos, pero el artículo 37.3b) de éste es la transposición de la Directiva comunitaria 2019/1188/CE, que establece como parámetro cualitativo que los días han de ser laborables. Como excepción, puede tenerse por lícita la configuración de los permisos en días naturales cuando se establece una mejora con respecto al Estatuto de los Trabajadores.