{"id":9848,"date":"2020-04-14T07:40:09","date_gmt":"2020-04-14T07:40:09","guid":{"rendered":"http:\/\/bellavistalegal.eu\/cuentas-anuales-y-covid-19-j-enrique-calvo\/"},"modified":"2020-04-14T07:40:09","modified_gmt":"2020-04-14T07:40:09","slug":"cuentas-anuales-y-covid-19-j-enrique-calvo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/cuentas-anuales-y-covid-19-j-enrique-calvo\/","title":{"rendered":"Cuentas Anuales y Covid-19 &#8211; J. Enrique Calvo"},"content":{"rendered":"<p>Recientemente y como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, el Gobierno ha publicado diferentes Reales Decretos-Ley que recogen medidas extraordinarias que afectan a los plazos de formulaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de las cuentas anuales de las empresas.<br \/>\nSeg\u00fan la normativa mercantil, las empresas tienen la obligaci\u00f3n de formular las cuentas anuales dentro de los tres primeros meses posteriores al cierre del ejercicio. El Decreto-Ley 11\/2020 establece que esta obligaci\u00f3n queda suspendida hasta que finalice el estado de alarma, reanud\u00e1ndose de nuevo otros tres meses a contar desde esa fecha. Si por ejemplo el Gobierno decreta el fin del estado de alarma el 26 de abril, el plazo para formular cuentas se alargar\u00eda hasta el 26 de julio.<br \/>\nNo obstante, se permite la posibilidad de formular voluntariamente las cuentas anuales, dentro del periodo de tiempo en el que el estado de alarma est\u00e9 en vigor.<br \/>\nLa aprobaci\u00f3n de las cuentas anuales se deber\u00e1 producir en la junta general ordinaria, celebrada dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que finalice el plazo anterior para formular las cuentas. Posteriormente, el dep\u00f3sito de las cuentas en el Registro Mercantil se efectuar\u00e1 en el plazo de un mes desde su aprobaci\u00f3n. En el ejemplo, este plazo finalizar\u00eda el 26 de noviembre.<br \/>\nFinalmente, en cuanto al plazo para el diligenciado de los libros de contabilidad, aunque no se contempla nada expresamente en las nuevas medidas, seg\u00fan interpreta el Colegio de Registradores, considerando la suspensi\u00f3n general de los plazos ordinarios y, en particular, la del plazo para formulaci\u00f3n de cuentas con el que est\u00e1 relacionado el plazo l\u00edmite para legalizaci\u00f3n de libros, tambi\u00e9n este plazo quedar\u00eda suspendido. Por lo que el plazo resultante ser\u00eda el de cuatro meses desde la finalizaci\u00f3n del estado de alarma o sus pr\u00f3rrogas. En nuestro ejemplo, hasta el d\u00eda 26 de agosto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recientemente y como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, el Gobierno ha publicado diferentes Reales Decretos-Ley que recogen medidas extraordinarias que afectan a los plazos de formulaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de las cuentas anuales de las empresas. Seg\u00fan la normativa mercantil, las empresas tienen la obligaci\u00f3n de formular las cuentas anuales dentro de los tres primeros meses posteriores al cierre del ejercicio. El Decreto-Ley 11\/2020 establece que esta obligaci\u00f3n queda suspendida hasta que finalice el estado de alarma, reanud\u00e1ndose de nuevo otros tres meses a contar desde esa fecha. Si por ejemplo el Gobierno decreta el fin del estado de alarma el 26 de abril, el plazo para formular &hellip; <a href=\"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/cuentas-anuales-y-covid-19-j-enrique-calvo\/\" class=\"more-link\">Seguir leyendo <span class=\"screen-reader-text\">Cuentas Anuales y Covid-19 &#8211; J. Enrique Calvo<\/span> <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[34],"tags":[],"class_list":["post-9848","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-opinion-es"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9848","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9848"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9848\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9848"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9848"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bellavistalegal.eu\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9848"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}