Ya en plena campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2022, un año más gran parte de los contribuyentes españoles deben declarar sus rendimientos anuales con el consecuente coste fiscal. En materia de Impuesto sobre la Renta se mantiene la no obligatoriedad de su presentación para los que obtengan ingresos inferiores a 22.000 euros procedentes de un pagador y con el límite de 14.000 euros para los supuestos de más de un pagador, siempre que el segundo pagador sea inferior a 1.500 euros.
Destaca como novedad la rebaja de la deducción máxima por aportaciones a planes de pensiones, siendo el límite anual el importe de 1.500 euros, aunque se incrementa hasta los 8.500 euros para los planes de pensiones de empresa. Por otra parte, la cuantía de la deducción por maternidad sigue siendo de hasta 1.200 euros -es decir, 100 euros al mes- por cada hijo menor de tres años hasta que el menor alcance los tres años de edad. Pero si hasta ahora solo se podían beneficiar las mujeres que estuvieran trabajando, en la nueva campaña se amplía a las madres sin empleo que perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento del menor.
Por otra parte, el modelo de la declaración incluye un apartado específico para consignar las operaciones con criptomonedas y en el que debe declararse el cambio de moneda o su conversión en euros, siendo la ganancia tributable en la base imponible del ahorro, cuya tarifa ha sido incrementada al incluirse un nuevo tramo impositivo del 26% para aquellas ganancias que excedan los 200.000 euros.
Ya en plena campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2022, un año más gran parte de los contribuyentes españoles deben declarar sus rendimientos anuales con el consecuente coste fiscal. En materia de Impuesto sobre la Renta se mantiene la no obligatoriedad de su presentación para los que obtengan ingresos inferiores a 22.000 euros procedentes de un pagador y con el límite de 14.000 euros para los supuestos de más de un pagador, siempre que el segundo pagador sea inferior a 1.500 euros.
Destaca como novedad la rebaja de la deducción máxima por aportaciones a planes de pensiones, siendo el límite anual el importe de 1.500 euros, aunque se incrementa hasta los 8.500 euros para los planes de pensiones de empresa. Por otra parte, la cuantía de la deducción por maternidad sigue siendo de hasta 1.200 euros -es decir, 100 euros al mes- por cada hijo menor de tres años hasta que el menor alcance los tres años de edad. Pero si hasta ahora solo se podían beneficiar las mujeres que estuvieran trabajando, en la nueva campaña se amplía a las madres sin empleo que perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento del menor.
Por otra parte, el modelo de la declaración incluye un apartado específico para consignar las operaciones con criptomonedas y en el que debe declararse el cambio de moneda o su conversión en euros, siendo la ganancia tributable en la base imponible del ahorro, cuya tarifa ha sido incrementada al incluirse un nuevo tramo impositivo del 26% para aquellas ganancias que excedan los 200.000 euros.
Ya en plena campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2022, un año más gran parte de los contribuyentes españoles deben declarar sus rendimientos anuales con el consecuente coste fiscal. En materia de Impuesto sobre la Renta se mantiene la no obligatoriedad de su presentación para los que obtengan ingresos inferiores a 22.000 euros procedentes de un pagador y con el límite de 14.000 euros para los supuestos de más de un pagador, siempre que el segundo pagador sea inferior a 1.500 euros.
Destaca como novedad la rebaja de la deducción máxima por aportaciones a planes de pensiones, siendo el límite anual el importe de 1.500 euros, aunque se incrementa hasta los 8.500 euros para los planes de pensiones de empresa. Por otra parte, la cuantía de la deducción por maternidad sigue siendo de hasta 1.200 euros -es decir, 100 euros al mes- por cada hijo menor de tres años hasta que el menor alcance los tres años de edad. Pero si hasta ahora solo se podían beneficiar las mujeres que estuvieran trabajando, en la nueva campaña se amplía a las madres sin empleo que perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento del menor.
Por otra parte, el modelo de la declaración incluye un apartado específico para consignar las operaciones con criptomonedas y en el que debe declararse el cambio de moneda o su conversión en euros, siendo la ganancia tributable en la base imponible del ahorro, cuya tarifa ha sido incrementada al incluirse un nuevo tramo impositivo del 26% para aquellas ganancias que excedan los 200.000 euros.