Los delitos cometidos por un empleado contra la privacidad de los datos personales y contra la seguridad de los sistemas de información pueden generar responsabilidad penal de la empresa para la que trabaje, si ésta no ha adoptado las medidas de prevención necesarias para evitar su comisión. Según puso de manifiesto la fiscal jefa de Sala del Tribunal Supremo: “Hay una normativa de protección de datos que hay que cumplir y si su incumplimiento implica responsabilidades delictivas, podría derivarse de él la responsabilidad penal de la persona jurídica”. En la actualidad, se estima que la ciberdelincuencia es el segundo negocio ilegal más lucrativo, solo por detrás de la venta de armas, y multiplicando por tres el dinero que mueve el tráfico de drogas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Los delitos cometidos por un empleado contra la privacidad de los datos personales y contra la seguridad de los sistemas de información pueden generar responsabilidad penal de la empresa para la que trabaje, si ésta no ha adoptado las medidas de prevención necesarias para evitar su comisión. Según puso de manifiesto la fiscal jefa de Sala del Tribunal Supremo: “Hay una normativa de protección de datos que hay que cumplir y si su incumplimiento implica responsabilidades delictivas, podría derivarse de él la responsabilidad penal de la persona jurídica”. En la actualidad, se estima que la ciberdelincuencia es el segundo negocio ilegal más lucrativo, solo por detrás de la venta de armas, y multiplicando por tres el dinero que mueve el tráfico de drogas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Los delitos cometidos por un empleado contra la privacidad de los datos personales y contra la seguridad de los sistemas de información pueden generar responsabilidad penal de la empresa para la que trabaje, si ésta no ha adoptado las medidas de prevención necesarias para evitar su comisión. Según puso de manifiesto la fiscal jefa de Sala del Tribunal Supremo: “Hay una normativa de protección de datos que hay que cumplir y si su incumplimiento implica responsabilidades delictivas, podría derivarse de él la responsabilidad penal de la persona jurídica”. En la actualidad, se estima que la ciberdelincuencia es el segundo negocio ilegal más lucrativo, solo por detrás de la venta de armas, y multiplicando por tres el dinero que mueve el tráfico de drogas.
FUENTE: SINTESIS DIARIA