Las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución de la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre. Así lo han determinado los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda, en función de la interpretación dada al Real Decreto de diciembre pasado que introdujo el cambio legal necesario para dar cumplimiento al fallo del Supremo que declaró exentas las prestaciones de maternidad. La Agencia Tributaria estima que la decisión puede beneficiar a unos 8.000 contribuyentes.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución de la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre. Así lo han determinado los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda, en función de la interpretación dada al Real Decreto de diciembre pasado que introdujo el cambio legal necesario para dar cumplimiento al fallo del Supremo que declaró exentas las prestaciones de maternidad. La Agencia Tributaria estima que la decisión puede beneficiar a unos 8.000 contribuyentes.
FUENTE: SINTESIS DIARIA
Las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución de la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre. Así lo han determinado los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda, en función de la interpretación dada al Real Decreto de diciembre pasado que introdujo el cambio legal necesario para dar cumplimiento al fallo del Supremo que declaró exentas las prestaciones de maternidad. La Agencia Tributaria estima que la decisión puede beneficiar a unos 8.000 contribuyentes.
FUENTE: SINTESIS DIARIA