El pasado 25 de octubre se publicó en el BOE la Ley de Reformas del Trabajo Autónomo, que establece mejoras en las condiciones de los trabajadores por cuenta propia. En materia fiscal, a partir de 1 de enero de 2018, en los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de su actividad económica, los gastos de suministro de la misma serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.
También podrán deducir los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se realicen en establecimientos de restauración y hostelería, y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para los trabajadores por cuenta ajena, es decir, 26,67 €/día si el gasto se produce en España y 48,08 €/día si es en el extranjero. En el caso de pernoctación las cantidades máximas son 53,34 €/día y 91,35 €/día, respectivamente.
El pasado 25 de octubre se publicó en el BOE la Ley de Reformas del Trabajo Autónomo, que establece mejoras en las condiciones de los trabajadores por cuenta propia. En materia fiscal, a partir de 1 de enero de 2018, en los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de su actividad económica, los gastos de suministro de la misma serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.
También podrán deducir los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se realicen en establecimientos de restauración y hostelería, y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para los trabajadores por cuenta ajena, es decir, 26,67 €/día si el gasto se produce en España y 48,08 €/día si es en el extranjero. En el caso de pernoctación las cantidades máximas son 53,34 €/día y 91,35 €/día, respectivamente.
El pasado 25 de octubre se publicó en el BOE la Ley de Reformas del Trabajo Autónomo, que establece mejoras en las condiciones de los trabajadores por cuenta propia. En materia fiscal, a partir de 1 de enero de 2018, en los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de su actividad económica, los gastos de suministro de la misma serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.
También podrán deducir los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se realicen en establecimientos de restauración y hostelería, y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para los trabajadores por cuenta ajena, es decir, 26,67 €/día si el gasto se produce en España y 48,08 €/día si es en el extranjero. En el caso de pernoctación las cantidades máximas son 53,34 €/día y 91,35 €/día, respectivamente.