El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Para las memorias abreviadas y PYMES solo se incluirá información respecto al periodo medio de pago a proveedores, y con independencia del modelo de memoria utilizado, las sociedades deberán informar y aclarar cuales son los motivos de las distorsiones del resultado obtenido en el cálculo del mismo.
Cabe destacar, que las sociedades mercantiles cotizadas, además deberán publicar en su página web su periodo medio de pago a proveedores. Las sociedades mercantiles que no sean cotizadas y no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también publicar su periodo medio de pago a proveedores en su página web, en el caso de que dispongan de ella.El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.
El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Para las memorias abreviadas y PYMES solo se incluirá información respecto al periodo medio de pago a proveedores, y con independencia del modelo de memoria utilizado, las sociedades deberán informar y aclarar cuales son los motivos de las distorsiones del resultado obtenido en el cálculo del mismo.
Cabe destacar, que las sociedades mercantiles cotizadas, además deberán publicar en su página web su periodo medio de pago a proveedores. Las sociedades mercantiles que no sean cotizadas y no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también publicar su periodo medio de pago a proveedores en su página web, en el caso de que dispongan de ella.El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.
El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Para las memorias abreviadas y PYMES solo se incluirá información respecto al periodo medio de pago a proveedores, y con independencia del modelo de memoria utilizado, las sociedades deberán informar y aclarar cuales son los motivos de las distorsiones del resultado obtenido en el cálculo del mismo.
Cabe destacar, que las sociedades mercantiles cotizadas, además deberán publicar en su página web su periodo medio de pago a proveedores. Las sociedades mercantiles que no sean cotizadas y no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también publicar su periodo medio de pago a proveedores en su página web, en el caso de que dispongan de ella.El 4 de febrero de 2016 salió publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación al periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, que remplaza y deroga a la anterior de fecha 29 de diciembre de 2010. Esta resolución entró en vigor el 5 de febrero de 2016 y será de aplicación con carácter retroactivo para las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015.